Politicas

Necesario debido proceso por parte del órgano partidario competente, previo a sanciones disciplinarias a miembros de partidos políticos, por estar en juego el derecho a ser electo y el de participación política

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dc.date.accessioned 2020-04-21T21:50:42Z
dc.date.available 2020-04-21T21:50:42Z
dc.date.issued 2004-10-14
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/4830
dc.description.abstract Erróneamente es el Tribunal de Elecciones Internas quien calificó y sancionó la militancia de los recurrentes, cuando por disposición estatutaria, tales funciones competen exclusivamente al Tribunal de Ética y Disciplina. Así las cosas, no es posible que, sin seguirse el procedimiento previsto en el Estatuto, el Tribunal Electoral, órgano diferente al establecido estatutariamente, sancione con una suspensión tan severa y restrictiva al derecho a ser electo. Efectivamente, la decisión del Tribunal de Elecciones Internas del Partido Liberación Nacional de excluir a los recurrentes produce una lesión a sus derechos fundamentales que debe ser enmendada por este Tribunal como medida imprescindible para restaurar el derecho a la participación política de los recurrentes es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Partidos políticos es_ES
dc.subject Candidaturas es_ES
dc.subject Organización del partido político es_ES
dc.subject Democracia interna del partido político es_ES
dc.subject Derecho a ser electo es_ES
dc.subject Derechos fundamentales es_ES
dc.title Necesario debido proceso por parte del órgano partidario competente, previo a sanciones disciplinarias a miembros de partidos políticos, por estar en juego el derecho a ser electo y el de participación política es_ES
dc.type Other es_ES


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  • Contencioso Electoral
    Procedimientos por los cuales se pueden revisar los resultados de los actos electorales.

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