Politicas

Negación de nominación de candidatura previo debido proceso

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dc.date.accessioned 2020-06-23T17:17:36Z
dc.date.available 2020-06-23T17:17:36Z
dc.date.issued 2001-10-17
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/7461
dc.description.abstract El hecho de conceder en un procedimiento disciplinario un plazo menor al estatutariamente establecido lesiona gravemente el derecho de defensa y hace que tanto el procedimiento como la sanción que se impongan sean nulos, ya que se propicia un trato desigual y discriminatorio. Los partidos políticos no pueden negarle a los candidatos a puestos de elección popular, la posibilidad de someter su nominación ante la Asamblea Nacional para efectos de su ratificación sin haberse realizado el procedimiento debido, de conformidad con las normas estatutarias, legales que se encuentren vigentes es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Partidos políticos es_ES
dc.subject Fiscalización es_ES
dc.subject Sanciones es_ES
dc.subject Candidaturas es_ES
dc.subject Transparencia es_ES
dc.subject Estatutos es_ES
dc.subject Candidaturas es_ES
dc.title Negación de nominación de candidatura previo debido proceso es_ES
dc.type Other es_ES


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  • Contencioso Electoral
    Procedimientos por los cuales se pueden revisar los resultados de los actos electorales.

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